En
enero del 2013, entra en vigencia la Ley de Cumplimiento Fiscal para Cuentas Extranjeras,
FATCA. Esta Ley establece que las instituciones financieras extranjeras, identifiquen
y reporten al Servicio de Rentas Internas norteamericano (IRS), las cuentas de ciudadanos
de ese país. La normativa establece además, una sanción de retención del 30% a
las rentas derivadas de valores emitidos por dichas entidades, en el caso de no
proveer dicha información. Es así como por medio de FATCA, el fisco estadounidense
pretende obtener unos US$450.000 millones, correspondiente a la evasión que
realizarían actualmente los contribuyentes al mantener sus flujos de capitales
en el extranjero.
Como
podía esperarse, esta Ley ha generado gran controversia . Uno de los ámbitos de
crítica sería más bien filosófico; en el sentido que el capitalismo consideraría-
especialmente su versión liberal- que los flujos de capital se mueven donde son
mejor rentados, principio que sería limitado con esta Ley. Han
aparecido además problemas prácticos, especialmente relativos a conflictos con
legislaciones locales. La principal dificultad estaría asociada al secreto
bancario, así como al impedimento de algunas normativas locales en cuanto
retener fondos de un cliente. Lo anterior se suma además, a los grandes
desafíos operativos que su implementación conlleva, debiendo las entidades
financieras adecuar sus procesos, controles y sistemas.
Nuestras autoridades y gremios,
han estado trabajando en buscar el mejor camino para adoptar la Ley FATCA. En
términos generales, las vías para cumplir con él envió de la información a la
autoridad norteamericana no serían más de dos: 1) A través de acuerdos
individuales, donde cada entidad reporta
directamente; 2) Un acuerdo entre
gobiernos, donde los reguladores chilenos, reciben y consolidan la información, enviándola luego al Tesoro
estadounidense. Esta última solución, a nuestro juico, aparece como la más razonable,
no solo desde un punto de vista operativo, sino en cuanto a superar las
limitaciones que establece nuestra propia legislación
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